Está regulado por la Ley 6339/2019.
Permite contratar por menor cantidad de horas semanales distribuibles de común acuerdo entre las partes. Es una modalidad que exige un acuerdo por escrito y consiste en la prestación del servicio con una carga horaria comprendida entre 16 y 32 horas semanales, en este caso no se puede pactar exclusividad.
El jornal por hora en horario diurno es de Gs. 12.261 y para los horarios nocturnos, Gs. 18.217, las partes pueden pactar un monto mayor.
El contrato por escrito se registra en el Sistema REI del Instituto de Previsión Social, se sube en formato PDF y se selecciona la opción Tipo de cotizante: tiempo parcial.
El aporte patronal se abona sobre lo efectivamente abonado. En este tipo de contratos el empleador debe cubrir el 100% del fondo de enfermedad y maternidad en el IPS.
Publicado: 29/04/2021 02:24:p. m.