Dirigió las deliberaciones, en su carácter de presidente del Conasam, el director de Trabajo del MTESS, Jesús Echauri, en tanto el sector trabajador estuvo representado por Ramón Tomás Ávalos y el sector empleador, por Enrique Vidal Lovera.
En la ocasión, se analizó la propuesta de reglamentación del Consejo, que se puso a consideración de las partes, además de la revisión o actualización de las designaciones de los representantes de los trabajadores y empleadores, en base a las normas legales, a fin de unificar los criterios y encaminar una eventual confirmación de dichas representaciones.
En tanto se avanza en la definición de los puntos mencionados, los participantes acordaron concretar otra reunión en los primeros días de junio, una vez que se tenga el informe sobre el Índice de Precios al Consumidor (IPC) a mayo, emitido por el Banco Central del Paraguay.
En Paraguay, el salario mínimo para actividades diversas no especificadas se reajusta de manera anual desde el 2016. La consideración del reajuste es efectuada por el Poder Ejecutivo a propuesta del Conasam, en base a la variación interanual del IPC o la inflación y su impacto en la economía nacional. El MTESS, cuando las conclusiones así lo indicaran, eleva al Ejecutivo para su consideración y resolución, antes del 30 de junio de cada año, la propuesta de reajuste.
Publicado: 22/05/2024 02:05:p. m.