“El salario mínimo será de G. 2.798.309 y el jornal se reajustará a G. 107.627, lo que representa una variación de G. 117.936 respecto al salario vigente,” precisó Segovia.
Aunque las centrales sindicales solicitaron un reajuste del 30%, la Ley del Salario Mínimo establece que debe basarse en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Banco Central del Paraguay, que refleja una inflación interanual del 4,4%.
“Se determinó que el IPC es el parámetro normativo para el reajuste. Considerar otras alternativas implicaría modificar la ley,” aclaró el viceministro.
Este reajuste beneficiará inmediatamente a 282.000 personas que ganan el salario mínimo en el sector privado. Segovia enfatizó que no se trata de un aumento salarial, sino de una compensación por la pérdida del poder adquisitivo debido a la inflación.
Publicado: 12/06/2024 05:15:p. m.