El Ministerio Trabajo procederá a realizar actuaciones inspectivas de control laboral, salud y seguridad ocupacional, practicando las diligencias de investigación y adoptando las medidas que procedan de conformidad con el artículo 16 de la Ley 5115/2013, así como el Convenio 81 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificado por la República del Paraguay el 28 de agosto de 1967.
El Ministerio de Trabajo realiza constantemente la fiscalización de empresas que se dedican a la construcción y aplica las medidas administrativas correspondientes conforme a las anomalías de incumplimiento de las disposiciones legales encontradas.
Dirección de Difusión de Información Institucional
Publicado: 19/04/2023 11:48:a. m.