Las remisiones se deben realizar a través del sistema informático, vía página web (www.mtess.gov.py), y las patronales que no cumplan con la obligación dentro del plazo establecido se expondrán a multas previstas en el artículo 11 del Decreto Nº 8304/2017 y su modificación según Decreto Nº 9368)2018.
La presentación de las planillas laborales será exclusivamente a través del sistema informático, vía página web del Ministerio de Trabajo, https://www.mtess.gov.py/viceministerio-de-trabajo..., por parte de los empleadores, a la Dirección de Registro Obrero Patronal. Los documentos remitidos tendrán valor de declaración jurada del empleador o patronal, y la presentación será efectuada a través de los pasos detallados en el manual del usuario de la sección “Presentación de planillas laborales”.
El sistema online se implementa en el marco de la modernización del Ministerio de Trabajo, que ha logrado incorporar la tecnología que permite la recepción de las planillas laborales vía red de internet de todas las empresas del país.
Ver resolución en el siguiente enlace: https://bit.ly/41vz8ff
Dirección de Difusión de Información Institucional
Publicado: 28/02/2023 10:52:a. m.