El contrato en la modalidad de aprendizaje es celebrado para la orientación y formación de las personas trabajadoras a partir de los 16 años conforme a las disposiciones del Código de la Niñez y Adolescencia, y hasta los 25 años. Los jóvenes que trabajan bajo esta modalidad tienen derecho a recibir una remuneración no inferior al 60% del salario mínimo legal vigente y tienen que estar inscriptos en el seguro social obligatorio, Instituto de Previsión Social (IPS) y en REOP (Registro Obrero Patronal) del MTESS. Los contratos de aprendizajes pueden tener una vigencia de 1 año y excepcionalmente puede prolongarse hasta 3 años.
Otra forma de aprendizaje que tienen los jóvenes a través del Ministerio de Trabajo es la formación, una modalidad de enseñanza que se basa en un régimen de capacitación combinada, es decir 70% de práctica en las empresas y 30% de clases teóricas en el Servicio Nacional de Promoción Profesional (SNPP) conforme a un plan curricular. Es una estrategia de aprendizaje que es implementada también en varios otros países y tiene como objetivo preparar a los aprendices para su vida profesional, implementando carreras de formación en profesiones específicas conforme a la demanda del mercado laboral.
La cartera de Estado cuenta con figuras legales que facilitan la contratación de jóvenes en las empresas para un periodo de aprendizaje con remuneración, y mediante esta modalidad hombres y mujeres aprendieron a realizar determinadas actividades a través de las prácticas laborales.
Dirección de Difusión de Información Institucional
Publicado: 30/09/2022 10:59:a. m.