En este vínculo se puede ver listado: https://mtess.gov.py/application/files/7015/9854/2869/CARNETSPARAENTREGAR_2020827.pdf
El
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a través de la
Dirección de Salud y Seguridad Ocupacional le
RECUERDA: Que,
por
Res. MTESS N° 359/16 “Por
la cual se reglamenta el procedimiento para el Registro de
Profesionales, que desempeñan funciones en el ámbito de la Salud y
Seguridad Ocupacional, y se establecen las Categorías, Requisitos y
Sanciones a los mismos”, en
su parte
RESOLUTIVA, expresa:
Art. 2° ESTABLECER las categorías y requisitos de los registros a ser expedidos por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, de acuerdo con el grado de estudio, experiencia y/o formación específica de los profesionales, conforme a lo fijado en el siguiente esquema:
CATEGORÍA |
EXPERIENCIA/ESTUDIOS |
FORMACIÓN ESPECÍFICA EN SST |
|
“A” Superior |
Título Universitario expedido por una Universidad de la República o extranjera, en cuyo caso deberá estar debidamente convalidado Experiencia mínima de 5 años |
350 horas |
Certificación en uso de medidores |
“B” Intermedio |
Título Universitario expedido por una Universidad de la República o extranjera, en cuyo caso deberá estar debidamente convalidado Experiencia mínima de 3 años |
250 horas |
|
“C” Básico |
150 horas |
Los títulos universitarios y los certificados que acrediten las horas de formación específica en Salud y Seguridad del Trabajo (SST), deberán ser expedidos por instituciones extranjeras, deberán cumplir con la normativa vigente en la República del Paraguay con respecto a la convalidación y/o legalización respectiva. -
Art. 3° ESTABLECER los documentos que deberán ser presentados por los profesionales, al momento de solicitar la expedición correspondiente:
Art. 8° FIJAR los aranceles a ser abonados por la expedición del registro, conforme al siguiente detalle:
INSCRIPCIÓN.
DESCRIPCIÓN |
CATEGORÍA |
IMPORTE EN GUARANÍES |
PROFESIONAL UNIVERSITARIO |
A Superior B Intermedio |
100.000 |
TÉCNICO AUXILIAR |
C Básico |
75.000 |
RENOVACIÓN
DESCRIPCIÓN | CATEGORÍA | IMPORTE EN GUARANÍES |
PROFESIONAL UNIVERSITARIO | A Superior B Intermedio | 50.000 |
TÉCNICO AUXILIAR | C Básico | 30.000 |
Art. 11° DISPONER que para la renovación del registro se establecen los mismos requisitos y procedimientos establecidos en los artículos 1°, 2° y 3° de la citada resolución.
Dada la situación actual de pandemia de COVID-19 que atraviesa nuestro país, los documentos deben ser presentados a través de la Mesa de Entrada Online habilitada en la página web www.mtess.gov.py
Para observar el video instructivo,
El pago del Registro Profesional Técnico, deberá realizarlo a través del servicio Pago Móvil Bancard, en las siguientes entidades:
https://www.bancard.com.py/index.php/quienes-somos/#accionistas
Los códigos de Producto son:
2490: CAT. A
2491: CAT. B
2492: CAT.C
Para mayor información sobre los procedimientos para la obtención del Registro Profesional Técnico en SST, comunicarse a la Dirección de Salud y Seguridad Ocupacional, de LUNES a VIERNES, en horario de 08:00 a 15:00, a los teléfonos 0981-401-082 o al 0982-711-289
Dirección de Difusión de Información Institucional
Publicado: 27/08/2020 07:50:a. m.