El MTESS logra acuerdo para adolescentes que trabajaban más de lo permitido en una ganadera del Chaco

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESSS)G, a través de la Dirección General de Protección a la Niñez y Adolescencia, ha logrado un acuerdo favorable para dos adolescentes trabajadores que realizaban labores en una empresa ganadera, en zona de la ciudad de Mariscal Estigarribia, Chaco, donde desempeñaban actividades prohibidas de acuerdo al Decreto 4951/2005, Trabajo Infantil Peligroso en los incisos: N°11: exposición al frio y calor extremo; Nº12: uso de máquinas y herramientas peligrosas; Nº17: trabajo nocturno, llevados por un contratista, de nombre Teodoro Galeano.

Asimismo, trabajaban más del horario permitido, dado que el adolescente de 17 años lo hacía más de 6 horas diarias y el de 14 años más de 4 horas diarias, de acuerdo a sus edades en base a la disposición del Art. 58°, de la Ley 1680/2001: Código de la Niñez y Adolescencia. El día 24 de febrero en la sede de la Dirección de Protección a la Niñez y Adolescencia, sito en calle O’Leary entre Jejuí y Manduvirá, Natalia Sosa, acompañada de la directora general, Mariela Gómez, la jefa de Denuncias, Basilia Fariña, y Lautaro Del Puerto, en el marco del interés superior del niño se encargaron de las diligencias, se llevó adelante la audiencia de mediación donde ha comparecido por la patronal el abogado Jorge Javier Silvero Centurión, con poder por parte de la empresa, y los adolescentes junto a su madre como representante legal.

El monto abonado por parte de la ganadera asciende casi a 20.000.00 de guaraníes en concepto de haberes adeudados, y por malas condiciones laborales, ya que si bien no fueron contratados directamente por los representantes de la ganadera, no negaron su responsabilidad subsidiaria.

Desde el MTESS, recordamos a los adolescentes a no dejarse engañar con trabajos que aparentan ser seguros y de buena paga, y que eso signifique un desarraigo familiar o aceptar condiciones peligrosas de trabajo, que deben recurrir a la Codeni para registrarse dentro del Registro del Adolescente Trabajador (RAT) y así poder garantizar que se respeten sus derechos laborales, tales como el cumplimiento de las horas de trabajo, pago no menor al 60% del sueldo mínimo, el contrato de aprendiz, que la actividad no sea peligrosa y prohibida por Ley, y otros cuidados enmarcados dentro de Trabajo Adolescente Protegido, que darán seguridad que la empresa es formal, por tanto tiene conocimiento de las leyes laborales y va respetar sus derechos, especialmente cuando se trate de personas en edad de desarrollo, como son los adolescentes.

De igual manera, la Dirección General de Protección a la Niñez y Adolescencia, dependiente de esta cartera de Estado cuenta con línea de denuncia directa 0983-515-701 para aquellos casos de trabajo infantil o cualquier tipo de vulneración de derechos de menores de 18 años en lo laboral.


Dirección de Difusión de Información Institucional

Publicado: 01/03/2022 09:34:a. m.