Medidas adicionales de apoyo a los trabajadores

  1. Exoneración de facturas de servicios básicos:
    1. ESSAP: usuarios que posean facturas con promedio de consumición de Gs. 50.000 mensual en el periodo marzo 2019 – febrero 2020; facturas superiores a Gs. 50.000 podrán abonarse en junio, a pedido del usuario; facturas de marzo, abril, mayo y junio no abonadas podrán ser canceladas hasta 18 cuotas.
    2. ANDE: usuarios que no superen los 500 kWh/mes, teniendo como parámetro marzo 2019 – febrero 2020; usuarios que no logren la exoneración, podrán diferir el pago de factura de marzo, abril y mayo al mes de junio; facturas emitidas en marzo, abril mayo y junio que no sean abonadas, se financiarán en hasta 18 cuotas sin recargo ni intereses.
    3. COPACO: facturas de marzo, abril y mayo podrán ser diferidas al mes de junio; facturas de marzo, abril, mayo y junio no abonadas podrán ser abonadas hasta 18 cuotas sin intereses, a pedido del usuario.
  2. Créditos a empresas y MIPYMES a través de:
    1. Crédito Agrícola de Habilitación (CAH): Habilitación de nuevas líneas de créditos, adicionales a los productos financieros tradicionales, serán beneficiarios: integrantes de la agricultura familiar, pequeños emprendedores, micro y pequeñas empresas del sector productivo, comercial y de servicios con una tasa de interés de 8,9 % anual sobre saldo (sin gastos administrativos extras) hasta 24 meses y amortización conforme al flujo de caja de la actividad generadora de ingresos.
    2. Agencia Financiera de Desarrollo (AFD): Gs. 120 mil millones en líneas de crédito para el alivio económicos de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES).
    3. Fondo de garantía de MIPYMES: Refinanciación de Créditos para la Vivienda; Gs. 600 mil millones para la renegociación de créditos destinados a capital operativo y/o inversiones; y que se acojan a las medidas excepcionales de apoyo dictadas por los reguladores ante el COVID-19. El plazo del crédito será de hasta 7 años, incluidos 2 años de gracia, a tasas competitivas; Administración de recursos a través del Fideicomiso creado por Ley N° 6524/20 para el financiamiento de pago de salarios de MIPYMES. La administración de estos recursos permitirá a la AFD incorporar nuevas entidades financieras minoristas, aprovechando sus estructuras para alcanzar a un mayor número de MIPYMES que se hayan visto afectadas por esta pandemia para el pago de salarios de su personal; Otorgamiento de Garantías para MIPYMES (FOGAPY) a través del Fondo de Garantía (FOGAPY), al que se ha asignado Gs. 30 mil millones adicionales para la emisión de garantías para las MIPYMES, habilitará a todas las Intermediarias Financieras que actualmente trabajan con la AFD, para que éstas puedan canalizar garantías emitidas por el Fondo, hasta un monto de Gs. 400 mil millones, además de simplificar los procesos internos de ejecución y seguimiento de la garantía.
    4. Banco Nacional de Fomento (BNF): línea de Gs. 100 mil millones para capital de trabajo para empresas y MIPYMES con tasa de interés del 7 %.
  3. Abstención de los bancos de comunicar a la superintendencia de bancos, los cheques rechazados por insuficiencia de fondos, hasta tres cheques, hasta el mes de julio;
  4. Improcedencia de desalojos por falta de pago de alquileres, hasta el mes de junio, siempre que se abone al menos el 40 % del alquiler, con prorrateo de deudas en un periodo de 6 meses.
Dirección: Luis A. de Herrera e/ Paraguarí

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