Remitir Planillas Laborales

Se deben presentar planillas laborales sobre el año fenecido y remitirlas vía Sistema de Presentación de Planillas.

Las planillas que deben ser presentadas son:

  1. Planilla de Empleados y Obreros
  2. Planilla de Sueldos y Jornales
  3. Planilla de Resumen General de Personas Ocupadas

Las presentaciones se realizarán vía internet 24 horas al día, todos los días, dentro del periodo fijado.

La patronal debe encontrarse al día con las demás obligaciones.

Sanciones

Para incumplimientos de la Presentación de Planillas Laborales en orden al plazo fijado.

Dias de AtrasoMulta en Jornales
1 - 3010 jornales
31 - 6015 jornales
61 - 9020 jornales
91 - 12025 jornales
> 12030 jornales

Para el año 2023, se estableció como sujetos obligados aquellos empleadores que registran al menos un trabajador en el Registro Obrero Patronal. No se requerirá planillas laborales sin movimientos.

  1. Modelo de Planillas
  2. Estructura de planillas
  3. Tutoriales: insertar videos
  4. TIPS para la presentación de planillas laborales:

Marco legal:

Decreto 8304/17
Decreto 9368/18
Decreto 1989/2024
Resolución MTESS 68/2024