Preguntas frecuentes - Campaña de Regularización Laboral - Dirección de Registro Obrero Patronal
Es un periodo de un periodo de 90 (noventa) días hábiles para la regularización sin multas de la inscripción en el Registro Obrero Patronal y las comunicaciones laborales, con la simplificación de trámites entre el IPS y el MTESS.
El 31 de diciembre de 2024.
La inscripción patronal de establecimientos principales (casa matriz) y sucursales, las comunicaciones de entrada y salida de trabajadores, permisos, vacaciones, amonestaciones, ausencias, apercibimientos, suspensiones, preaviso, accidentes laborales, riesgos y enfermedades profesionales.
El periodo de presentación de planillas laborales feneció el 30 de abril de 2024. El incumplimiento de la obligación fue sancionado con la multa respectiva, conforme al marco jurídico vigente. Esta regularización no exonera las multas existentes.
Es el proceso por el cual una persona o empresa, luego de contratar un empleado, se registra como empleador ante el MTESS, previa a la inscripción en IPS.
NO. La obligación es para las empresas que son empleadoras. Es decir, aquellas que contratan empleados en virtud a un contrato de trabajo.
Inscríbete primero como empleador en el IPS. Aquí Tenes los pasos: https://www.youtube.com/watch?v=usLutM8xoIc
Automáticamente recibirás un correo donde te avisamos que ya estas inscripto en el MTESS como patrón y te facilitamos el Acceso al Sistema REOP.
Es una plataforma informática donde podrás comunicar al MTESS que estas cumpliendo con tus obligaciones laborales como empleador.
Comunicar la entrada de tus empleados al IPS, a través del sistema REI que te facilitará IPS. Aquí tienes los pasos: https://www.youtube.com/watch?v=yL3u1kl2LMU
Automáticamente, recibirás un correo donde te comunicamos que las entradas de comunicaste en IPS también fueron comunicadas al MTESS.
Debes comunicar al MTESS, los permisos, vacaciones, amonestaciones, ausencias, apercibimientos, suspensiones, preaviso, accidentes laborales, riesgos y enfermedades profesionales, en la fecha en que ocurrió cada evento. ¡NO SE VAN A APLICAR MULTAS!
Aprovecha este periodo y registra a todos tus empleados en IPS. La multa se aplicará durante el periodo de regularización si tu empresa es fiscalizada por el MTESS o el IPS.
NO durante el periodo de regularización.
Es obligatoria la inscripción de todas las sucursales. Aprovecha este periodo e inscribí cada sucursal. Aquí más información: https://www.mtess.gov.py/direccion-de-registro-obrero-patronal/inscripcion-patronal
Las multas generadas con anterioridad al 28/06/2024 no serán exoneradas. Podrán ser fraccionadas hasta 5 cuotas sin intereses, desde el sistema REOP.
No. Las planillas laborales deberán presentarse en el año 2025.
No. Están liberadas de multas las comunicaciones de entrada y salida de trabajadores, permisos, vacaciones, amonestaciones, ausencias, apercibimientos, suspensiones, preaviso, accidentes laborales, riesgos y enfermedades profesionales.
• Para los Trabajadores: acceso a Seguridad Social, protección de los Derechos Laborales y mayores oportunidades de crecimiento y promoción profesional.
• Para los Empleadores: mejora de la productividad mediante un entorno laboral saludable y con trabajadores motivados y comprometidos.
En IPS, Dirección de Aporte Obrero Patronal:
• Teléfonos: 021 219-7800, Opción 7 y 021 219-7000
• Correo electrónico: ipsaop@ips.gov.py
• WhatsApp: 0992 332558 021 450975
En MTESS, Dirección de Registro Obrero Patronal:
• Teléfono: 021 729-0100 Int.154
• Correo: reop@mtess.gov.py
• WhatsApp: 0986 790101